23 abril 2008

Los 400 euros prometidos

Los asalariados, pensionistas y trabajadores autónomos españoles se beneficiarán de la deducción de 400 euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en cómputo anual para este año.

La aplicación

Esta ayuda pública puede entenderse como un abono al trabajador, pero es, sencillamente, una reforma fiscal de aplicación inmediata, puesto que la deducción se realizará sobre las retenciones de las nóminas, no se esperará a la declaración de 2009. En la nómina de este mes de junio -aunque es probable un retraso hasta julio debido a los ajustes burocráticos-, los trabajadores y pensionistas disfrutarán de una primera rebaja de las retenciones de 200 euros. Los 200 restantes se harán efectivos entre los meses de julio y diciembre. Por su parte, los trabajadores autónomos se beneficiarán de la misma deducción cuando vayan a ingresar los pagos fraccionados, o en el momento de rendir cuentas a la Hacienda Pública. Esta deducción será aplicable a los contribuyentes que perciban rentas del trabajo, asalariados y pensionistas, y también a aquellos que se beneficien de los rendimientos procedentes de actividades económicas.

Son muchos los usuarios afectados por esta medida que desean saber cómo se realizará el proceso, ya que su aplicación suscita numerosas dudas. Es sencillo: el trabajador que tenga un sueldo de 1.300 euros brutos y al que Hacienda le retenga 300 euros, recibirá como sueldo neto 1.000 euros justos, pero en julio solamente sufrirá una retención de 100 euros con lo que el sueldo neto de ese mes será de 1.200 euros, después de descontarse la deducción de 200 euros. ¿Qué pasa con los 200 restantes? Aquí radica el aspecto más complicado de entender de esta medida, ya que se deberá prorratear esa cantidad entre los cinco meses que quedan de ejercicio fiscal, lo que daría una cuota mensual de deducción de 40 euros. Aunque un poco complicado en principio, este sistema para establecer las cuotas de deducción se aplicará únicamente este año, ya que a partir de 2009 todos los meses se reducirá la retención de cada nómina en la misma cuantía y proporción.

Los perceptores de la medida

No todos los trabajadores se van a beneficiar de esta deducción. Aquellos que cuenten con trabajos eventuales o con contratos de corta duración mal remunerados no se verán afectados por la medida. La razón es bien sencilla: la deducción no se aplica a los trabajadores que tienen una cuota íntegra por debajo de los 400 euros, o a quienes tienen una retención muy baja. En ambos casos, el trabajador estará fuera del alcance de la nueva disposición, que solamente afecta a aquellos grupos de trabajadores temporales o con menor remuneración que estén en la situación anteriormente expuesta.

En el caso de otros trabajadores como los autónomos que no hacen pagos trimestrales, o los que cobran por sus servicios con retención a cuenta en la factura, aún se desconoce en qué sentido les afectará la entrada en vigor de esta medida.



(Publicado por CONSUMER.es EROSKI)

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